(fotografía publicada en Primavera Digital)
Violan derechos constitucionales de un rastafari cubano
LA HABANA, Cuba, agosto, www.cubanet.org
-Lázaro Yosvany Montesino Hernández, miembro del movimiento Rastafari,
envió un escrito de queja a José Luis Toledo Santander, Presidente de la
Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea
Nacional de Cuba, exigiéndole respeto de su derecho a la igualdad ante
la ley, así como libertad religiosa y el reconocimiento del derecho de
usufructo sobre la tierra que trabaja.
El escrito fue motivado por la respuesta que le diera a Montesino Hernández el Presidente del Comité Provincial de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP), Enrique Romero Pérez, el pasado 15 de febrero de 2012. El funcionario no le concede el derecho de usufructo porque Montesino Hernández profesa “una creencia religiosa de práctica no normal llamada RASTAFARI”. La frase, según denuncia el afectado en su escrito, es “discriminatoria y violatoria de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de la República”.
A finales de 2011, Montesino Hernández solicitó al Delegado Municipal de la Agricultura en Baracoa, Guantánamo, Alexander Cardoza, que le reconociera el derecho de usufructo sobre la tierra que trabaja junto a su esposa y su amigo, Yuliseidy Mosqueda Ramírez, en Nagecial de Las Minas Cabacú, una localidad de la oriental provincia. El uso y disfrute del terreno está reconocido a Pio Oscar Matos Hernández, un campesino que solicitó, por su edad, la extinción del beneficio.
Cardoza, en representación del Centro Nacional de Control de Tierra del Ministerio de la Agricultura, le denegó la solicitud. Explicó que el terreno no se incorporaba al fondo de tierras ociosas y que la Comisión de Asuntos Agrarios definirá su finalidad.
Inconforme con la decisión, Montesino Hernández envió un escrito de queja a la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP). Le respondió Romero Pérez, Presidente del Comité Provincial de la ANAP, en Guantánamo, quien dio como atendida, sin solución y en trámite, la queja del rastafari.
La Asamblea Nacional es el órgano encargado de resolver las cuestiones de constitucionalidad. El derecho de queja y petición es el único recurso que tienen los cubanos para exigir respeto de sus derechos. En el sistema no existe un procedimiento para interponer recurso de inconstitucionalidad por vulneración de los derechos humanos.
Romero Pérez reconoce que actualmente Lázaro Yosvany Montesino Hernández trabaja la tierra, pero no le conceden el derecho de usufructo, por rumores de la existencia de droga en la zona (marihuana). La planta está vinculada a las prácticas religiosas de los Rastafari. “No es justo que se me niegue el derecho a trabajar la tierra basándose en rumores”, consignó Montesino Hernández en su escrito.
En el sistema legal están vigentes disposiciones jurídicas para reprimir la siembra y comercio de marihuana. El Decreto Ley 232, de 2003, “Sobre confiscación por hechos relacionados con las drogas”, dispone, en el caso de los usufructuarios, la pérdida del derecho sobre la tierra y la confiscación de los bienes agropecuarios, en caso del cultivo. El Ministerio de la Agricultura, además puso en vigor un procedimiento para dar cumplimiento a esta disposición.
Enrique Romero Pérez, un representante de la ANAP, desconoce que en la Constitución de la República, el Estado se comprometió a “Respetar y garantizar la libertad religiosa”. Igualmente ignora que constitucionalmente “Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes”, que “Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración”, y que “La discriminación por motivo de creencias religiosas está proscrita y es sancionada por la ley”.
Publicado por Cubanet
El escrito fue motivado por la respuesta que le diera a Montesino Hernández el Presidente del Comité Provincial de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP), Enrique Romero Pérez, el pasado 15 de febrero de 2012. El funcionario no le concede el derecho de usufructo porque Montesino Hernández profesa “una creencia religiosa de práctica no normal llamada RASTAFARI”. La frase, según denuncia el afectado en su escrito, es “discriminatoria y violatoria de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de la República”.
A finales de 2011, Montesino Hernández solicitó al Delegado Municipal de la Agricultura en Baracoa, Guantánamo, Alexander Cardoza, que le reconociera el derecho de usufructo sobre la tierra que trabaja junto a su esposa y su amigo, Yuliseidy Mosqueda Ramírez, en Nagecial de Las Minas Cabacú, una localidad de la oriental provincia. El uso y disfrute del terreno está reconocido a Pio Oscar Matos Hernández, un campesino que solicitó, por su edad, la extinción del beneficio.
Cardoza, en representación del Centro Nacional de Control de Tierra del Ministerio de la Agricultura, le denegó la solicitud. Explicó que el terreno no se incorporaba al fondo de tierras ociosas y que la Comisión de Asuntos Agrarios definirá su finalidad.
Inconforme con la decisión, Montesino Hernández envió un escrito de queja a la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP). Le respondió Romero Pérez, Presidente del Comité Provincial de la ANAP, en Guantánamo, quien dio como atendida, sin solución y en trámite, la queja del rastafari.
La Asamblea Nacional es el órgano encargado de resolver las cuestiones de constitucionalidad. El derecho de queja y petición es el único recurso que tienen los cubanos para exigir respeto de sus derechos. En el sistema no existe un procedimiento para interponer recurso de inconstitucionalidad por vulneración de los derechos humanos.
Romero Pérez reconoce que actualmente Lázaro Yosvany Montesino Hernández trabaja la tierra, pero no le conceden el derecho de usufructo, por rumores de la existencia de droga en la zona (marihuana). La planta está vinculada a las prácticas religiosas de los Rastafari. “No es justo que se me niegue el derecho a trabajar la tierra basándose en rumores”, consignó Montesino Hernández en su escrito.
En el sistema legal están vigentes disposiciones jurídicas para reprimir la siembra y comercio de marihuana. El Decreto Ley 232, de 2003, “Sobre confiscación por hechos relacionados con las drogas”, dispone, en el caso de los usufructuarios, la pérdida del derecho sobre la tierra y la confiscación de los bienes agropecuarios, en caso del cultivo. El Ministerio de la Agricultura, además puso en vigor un procedimiento para dar cumplimiento a esta disposición.
Enrique Romero Pérez, un representante de la ANAP, desconoce que en la Constitución de la República, el Estado se comprometió a “Respetar y garantizar la libertad religiosa”. Igualmente ignora que constitucionalmente “Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes”, que “Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración”, y que “La discriminación por motivo de creencias religiosas está proscrita y es sancionada por la ley”.
Publicado por Cubanet
Ojalá se haga justicia con esta persona de iguales derechos y deberes, cómo son tan ignorantes y no averiguan la religión rastafari y lo que ellos profesan, qué verguenza dan los políticos que en vez de cumplir con la ley, la modifican y la desconocen en su totalidad.
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