martes, 16 de octubre de 2012
Conozca la última farsa de Raulina La Reformadora con la Ley de Migración
Quienes NO pueden obtener pasaporte en Cuba
Testiculos de toro/ taringa.net
Por la bolsa biranica de sus escrotos estaran excluidos de obtener un pasaporte y por consiguiente de "beneficiarse" de tan generosa medida del gobierno de acuerdo con Gaceta Oficial No.44, que contiene el DECRETO-LEY No. 302 MODIFICATIVO DE LA LEY No. 1312, “LEY DE MIGRACIÓN” DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1976:
[negritas, cursivas y subrayados -lg]
“Artículo 23: Los ciudadanos cubanos residentes
en el territorio nacional no pueden obtener pasaporte
corriente mientras se encuentren comprendidos en
alguno de los supuestos siguientes:
a) Estar sujeto a proceso penal, siempre que haya sido
dispuesto por las autoridades correspondientes.
b) Tener pendiente el cumplimiento de una sanción
penal o medida de seguridad, excepto en los casos
que se autorice de forma expresa por el tribunal.
c) Encontrarse sujeto al cumplimiento de las disposiciones
sobre la prestación del Servicio Militar.
d) Cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional
así lo aconsejen.
e) Tener obligaciones con el Estado cubano o responsabilidad
civil, siempre que hayan sido dispuestas
expresamente por las autoridades correspondientes.
f) Carecer de la autorización establecida, en virtud de
las normas dirigidas a preservar la fuerza de trabajo
calificada para el desarrollo económico, social y
científico-técnico del país, así como para la seguridad
y protección de la información oficial.
g) Los menores de edad o incapaces que no cuenten
con la autorización de los padres o representantes
legales, formalizada ante Notario Público.
h) Cuando por otras razones de interés público, lo
determinen las autoridades facultadas.
i) Incumpla los requisitos exigidos en la Ley de Migración,
su Reglamento y en las disposiciones complementarias
relacionadas con la solicitud, emisión
y otorgamiento de pasaportes.
Publicado por NeoKaxtrizmo y Chaos
Etiquetas:
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